OG 700-704: Reuniones Mensuales

January 8, 2019
Boletín Informativo Reforma|Reforma Policiaca

Propósito de la Orden General:

Tiene el propósito de establecer las normas y los procedimientos que se seguirán en el Negociado de la Policía de Puerto Rico para la realización de Reuniones Mensuales en todas las dependencias policiacas. Para informar, orientar e impartir nuevas instrucciones del Comisionado a los MNPPR, respecto a las nuevas políticas y procedimientos y/o revisiones promulgadas por la Agencia y cualquier otro asunto pertinente y relevante para los sectores bajo su jurisdicción. Las Reuniones Mensuales complementarán las 40 horas de adiestramientos anuales que ofrece la Superintendencia en Educación y Adiestramiento del NPPR.

Define varios conceptos entre ellos:

  • Boletines Informativos.
  • Reuniones Mensuales
  • Unidades con Representación Satélite
  • Las Reuniones Mensuales se realizarán una vez al mes y se considera compulsoria la asistencia del personal subalterno adscrito a la unidad de trabajo. Se hará antes de concluir el mes corriente con una duración no mayor de tres horas.
  • Con quince días de antelación a celebrarse la Reunión Mensual los Directores de unidad seleccionarán el día, hora y lugar donde se realizará la misma y fijará la información en un lugar visible.
  • Podrá efectuarse más de una sesión diaria de las Reuniones Mensuales.
  • Directores de Unidades con Representación Satélite le aplica todo lo establecido en esta Orden General. Además, sus componentes satélites mantendrán un archivo electrónico que evidencie su comparecencia a las Reuniones Mensuales ofrecidas en la Oficina Central del Cuartel General o Comandancia de Área respectivamente.

Se seguirá este procedimiento:

  • Fijar en un área visible la fecha, hora y lugar, notificarán a su personal a través del correo electrónico oficial.
  • Se desarrollará la agenda de los temas, tales como: Órdenes Generales, Órdenes Especiales, Reglamentos, Directrices que hayan circulado por el Sistema Informa Policía, contenido relevante de leyes recientemente firmadas o enmendadas, resumen de jurisprudencias que sea de relevancia, promulgación de cualquier Manual de Procedimiento Operacional con el propósito de que conozcan la existencia del mismo, asuntos de las comunidades, asuntos de incidencia criminal, asuntos de los procesos de Reforma, etc.
  • La Asistencia se recopilará mediante escritura con letra de molde y se detallará rango, nombre, apellidos y placa del empleado y posteriormente la firma en el formulario PPR-704.2
  • Cuando algún MNPPR no pueda comparecer, le será ofrecida la misma en un término no mayor de cinco días laborables de haberse incorporado al servicio.
  • El Comisionado Auxiliar, Comandante y/o Director de cada unidad de trabajo del NPPR, preparará un expediente anual en cuyo interior archivará la agenda, el material discutido, el material de apoyo y el formulario PPR-704.1.
  • Cuando no se puedan celebrar las reuniones por razón de algún desastre natural u otras razones apremiantes, se informará en una comunicación explicando las razones y se archivará en el expediente anual.

Participación Externa:

  • La participación de Planes Médicos, Compañías de Seguro y Asociaciones Policiacas durante las Reuniones Mensuales tendrá que tener la expresa autorización del Comisionado.
  • Los Directores de Unidades podrán autorizar la participación externa de ciudadanos, compañías e instituciones en las Reuniones Mensuales considerando la conveniencia para los MNPPR y las comunidades de interés.

Cumplimiento:

  • El expediente de cada Reunión Mensual permanecerá archivado en la unidad de trabajo por un término de tres años, en orden cronológico (mes, año).
  • Los expedientes antes mencionados estarán disponibles para inspección.
  • Los asuntos discutidos en las Reuniones Mensuales no sustituirán la responsabilidad de asistir a los adiestramientos, excepto cuando hayan sido sustituidos por un Boletín Informativo.